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Un Tribunal Federal de Corrientes declaró inconstitucional el Impuesto a la Riqueza: aseguran que es “confiscatorio”

Un tribunal federal de Corrientes declaró “inconstitucional” el Impuesto a la Riqueza que impulsó Máximo Kirchner en plena pandemia de coronavirus. En el fallo, de primera instancia, la Justicia aseguró que la medida impositiva es “confiscatoria”.

El Juez consideró que el Impuesto a la Riqueza se implementó como un tributo, no como un aporte. Y, además, iría en contra del derecho de propiedad, principio de no confiscatoriedad, principio de razonabilidad y principio de capacidad contributiva, todos ellos amparados en la letra de la Constitución Nacional.

Impuesto a la Riqueza
El Impuesto a la Riqueza fue impulsado por Máximo Kirchner en plena pandemia de coronavirus.

El tribunal falló de este modo ante la presentación de un empresario ganadero, dueño de la Cabaña La Tilita (Doña Chica S.A.) y especializado en la cría de la raza Brangus.

En sus fundamentos sobre el caso, el juez evaluó que la «alícuota efectiva» sobre la renta del ganadero en 2020 «sería de 118.658,78%», de acuerdo al fallo al que accedió La Nación.

El Impuesto a la Riqueza provocaría una «manifiesta inadmisible absorción de la renta y el patrimonio, ya gravados por Ganancias y Bienes Personales, excediendo los límites razonables de imposición y resultado confiscatoria y violatoria del derecho a la propiedad a la luz de la doctrina emanada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación», continúa el fallo.

Por último, califica como «desmesurada» la carga del Aporte Extraordinario, ya que «restringiría de manera inadmisible» el patrimonio del empresario y «desnaturalizaría totalmente el derecho de propiedad del actor».

El Aporte Solidario y Extraordinario fue un proyecto que impulsó el kirchnerismo y que tuvo al diputado Máximo Kirchner -entonces presidente de la bancada oficialista en la Cámara Baja- como su principal animador. Fue aprobado el 4 de diciembre de 2020 en el Congreso, donde asistió una comitiva de funcionarios encabezada por Martín Guzmán.

El impuesto a la grandes fortunas -como también se lo caracterizó en círculos oficialistas- alcanza a quienes tienen una riqueza declarada mayor a los $ 200 millones, con una alícuota del 2,0% y alícuotas incrementales desde los $ 300 millones. La alícuota máxima para quienes tienen más de $ 3.000 millones es de 3,5% para bienes locales y de 5,25% para los bienes fuera del país.

Los contribuyentes podían optar por pagar el 20% del impuesto al contado y el resto en cinco pagos mensuales y consecutivos.

(Fuente: Diario El Litoral)

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— misionesonline.net (@misionesonline) June 9, 2022