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Ven deficiencia MP permitió libertad a hombre mató pareja de 351 puñaladas

Ven deficiencia MP permitió libertad a hombre mató pareja de 351 puñaladas

Sede de la Procuraduría General de la República.

Una deficiente investigación del Ministerio Público fue lo que  permitió que un cómplice de matar de  351 puñaladas  a una mujer en San Francisco de Macorís fuera descargado por insuficiencia de pruebas,  según se desprende de las motivaciones de la sentencia.

13 Actualidad 04 1p01
Eusebio Rosario Hernández

En sus conclusiones el Segundo Tribunal Colegiado de  la provincia Duarte detalla  la apatía y negligencia del órgano acusador,  que llevaron a poner  en libertad  al imputado Eusebio Rosario Hernández (Eddy), sindicado como cómplice en el asesinato de Carmen Paulino Gabriel (Rafelina).

Los jueces establecen en su sentencia que  el Ministerio Público no logró ubicar al imputado en el lugar del hecho  y solo  presentó  un único video de cámara de seguridad ubicada en las inmediaciones del lugar del hecho, donde se ve entrar y salir de la residencia a una persona que no es el imputado, horas que coinciden con el tiempo aproximado de muerte de la occisa, según el informe de autopsia.

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Narra la sentencia  que, “el órgano acusador no investigó el teléfono del imputado mediante un rastreo de telecomunicaciones, como suele ser común en casos como estos”.

Carmen Paulino Gabriel (Rafelina) la pareja de Eusegio Rosario quien la último de 351 puñaladas en San Francisco de Macorís
Carmen Paulino Gabriel (Rafelina).

Relata que  el MP tampoco depositó el DVD donde se encontraban almacenadas las informaciones extraídas del teléfono celular del imputado, no obstante el Ministerio Publico haber hecho oferta del mismo, con lo que se hubiese podido determinar el lugar donde se encontraba el imputado en el momento en que ocurre el hecho, o con quien se comunicaba y el contenido de dichas conversaciones.

“No se realizó, o al menos se presentó alguna experticia encaminada a determinar si la víctima tenía evidencia de haber estado en contacto con el imputado, tal como sería la extracción de residuos de piel en las unas de la víctima, a los fines de determinar si ciertamente los rasguños presentados por el imputado en algunas partes del cuerpo, fueron producidos por la víctima conforme a la teoría del ministerio público”, explica la motivación  de los jueces en la resolución.

Estas son solo pinceladas de los motivos que sustentan la decisión del proceso seguido al imputado, los cuales serán ampliamente explicados en la sentencia íntegra, señala.

La sentencia es firmada por los jueces del Segundo Tribunal Colegiado de la provincia Duarte  María Concepción, Carminia Caminero Sosa y Víctor A. Ynoa, donde consigna un resumen de los motivos expuestos de manera oral de la decisión del proceso seguido al imputado Eusebio Rosario Hernández, emitido el 28 del pasado mes.

En fecha 28 del mes de septiembre del año dos mil veintidós (2022), el Segundo Tribunal Colegiado dictó sentencia absolutoria en virtud del artículo 337 numeral 2 del Código Procesal Penal, en favor del imputado Eusebio Rosario Hernández (A) Eddy, acusado de complicidad para cometer asesinato, actos de torturas y barbarie y violencia intrafamiliar agravada, en perjuicio de Carmen Paulino Gabriel (a) Rafelina (occisa).

La decisión fue dictada por insuficiencia de los medios de pruebas, fundamentada por las siguientes razones: el Ministerio Público, y la parte querellante no lograron ubicar al imputado en el lugar del hecho, ya que conforme a las fílmicas de video extraída de una cámara de seguridad instalada en un centro de salud ubicado frente a la residencia donde ocurrió el hecho, no se observa al encartado entrar o salir de la residencia donde fue encontrada la víctima asesinada; sino que por el contrario a quien se observa salir de dicha residencia es a una persona que se presume menor de edad, a bordo de una motocicleta tipo pasola, en una hora aproximada donde establece la autopsia se produjo el hecho, que oscilaba de 27 a 30 horas.

 A través de las pruebas presentadas se determinó que el imputado fue arrestado en fecha tres (3) de junio del 2021, a las 9:15 horas de la noche y en dicho arresto le fue ocupado el teléfono celular marca Samsung, modelo Dúo, color negro, con forro gris, imei/serial núm. 357074082111075.

Apelará

El Ministerio Público de la provincia Duarte anunció que apelará la decisión del Segundo Tribunal Colegiado que descargó a un hombre imputado de complicidad en un hecho criminal en el que resultó muerta su pareja de 351 estocadas de arma blanca.