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Etesa ha cumplido con los acuerdos de la Convención Colectiva

Como no hubo conciliación entre las partes, dado que ETESA rechaza por falsos las supuestas faltas a la convención colectiva, la entidad ministerial procedió únicamente a levantar la correspondiente acta.

Los acuerdos contemplados en la convención colectiva vigente entre la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A. (ETESA) y los trabajadores, periodo 2020 - 2024, se están cumpliendo y es falso que se estén llevando a cabo destituciones al margen de la ley (Código de Trabajo), ni mucho menos de persecución hacia trabajadores agremiados, informó la empresa.  

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Detallan que la semana pasada el Ministerio de Trabajo citó a la empresa estatal de energía, tras una denuncia presentada por el Sindicato de los Trabajadores de la Industria Eléctrica y Similares de la República de Panamá (SITIESPA).

Como no hubo conciliación entre las partes, dado que ETESA rechaza por falsos las supuestas faltas a la convención colectiva, la entidad ministerial procedió únicamente a levantar la correspondiente acta. 

Se destaca que la afiliación sindical es un derecho legítimo de los trabajadores y la administración de ETESA es respetuosa de las normas que rigen la materia, por lo que cabe aclarar que, no se han realizado ni destituciones ni descuentos al margen de lo que establece el código de trabajo y la convención colectiva, en los que se establecen los procedimientos y criterios para hacer uso de los fueros/privilegios gremiales. 

En la Cláusula 46 de la Convención Colectiva se estipula que la Empresa (ETESA) remunerará hasta trescientas (300) horas mensuales (no acumulables) en concepto de comisiones sindicales.  Los permisos sindicales deben ser comunicados por el sindicato con 24 horas de anticipación; también existen los permisos para asistir a seminarios sindicales y éstos son enviados por el MITRADEL y deben comunicarse a la empresa cinco (5) días hábiles antes del inicio del evento. 

En lo que va transcurrido del año 2022, en los meses de enero, marzo y junio se ha excedido el uso de esta prerrogativa: 312, 480 y 312 horas, respectivamente. Cabe mencionar que un solo colaborador en el primer semestre de este año tiene acumuladas 552 horas de permisos sindicales, destacaron

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