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¿Qué implicaciones tiene la «entrega» de tierras venezolanas a Irán?

Regularizar las tierras a través de la entrega de títulos y devolver las áreas productivas expropiadas ha sido un clamor del sector agrícola y pecuario venezolano en los últimos 10 años. Pero ahora no solo las autoridades gubernamentales hacen caso omiso a esta petición, sino que prevén entregar tierras cultivables a gobiernos extranjeros pasando incluso por encima de la Constitución, reseña Tal Cual.

Recientemente, el viceministro de Interior para Asuntos Económicos de Irán, Mohsen Kousheshtabar anunció que el mandatario venezolano Nicolás Maduro en su última visita a ese país firmó diversos acuerdos, uno de los cuales estaba referido el cultivo de un millón de hectáreas por parte de Teherán en suelo venezolano. Según la agencia de noticias IRNA, el funcionario explicó que debido al déficit de agua de Irán, necesitan siete millones de hectáreas de tierras agrícolas en el extranjero para garantizar la seguridad alimentaria de sus 80 millones de habitantes.

Hasta la fecha, la administración de Maduro no ha informado sobre los alcances de este acuerdo, lo que genera mayor inquietud.

Analistas, juristas y representantes de los gremios agrícolas y pecuarios muestran preocupación por la falta de información al respecto, pero consideran que cualquiera sea el convenio, deberían darse las tierras en concesión a empresas de ese país y no al gobierno iraní.

El artículo 13 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que «el territorio no podrá ser jamás cedido, traspasado, arrendado, ni en forma alguna enajenado, ni aun temporal o parcialmente, a Estados extranjeros u otros sujetos de derecho internacional».

Carlos Machado Allison, Individuo de Número de la Academia de Ciencias Físicas, Matemáticas y Naturales, profesor del Instituto de Estudios de Administración (IESA) y de la Universidad Central de Venezuela (UCV), reiteró que las tierras venezolanas no se pueden entregar a otros gobiernos y que solo pudieran darse en concesión al sector privado y con autorización de la Asamblea Nacional.

«No sabemos el contenido del acuerdo, si es el gobierno de Irán que va a utilizar esas tierras o son productores de ese país, que son dos cosas distintas. Porque entregarle a un gobierno millones de hectáreas es un acto de pérdida de soberanía a través de un acto ejecutivo», dijo.

En cuanto a si se requiere o no autorización de la AN, el artículo 150 de la Constitución de 1999 establece que «la celebración de los contratos de interés público nacional requerirá la aprobación de la Asamblea Nacional en los casos que determine la ley. No podrá celebrarse contrato alguno de interés público municipal, estadal o nacional con Estados o entidades oficiales extranjeras o con sociedades no domiciliadas en Venezuela, ni traspasarse a ellos sin la aprobación de la Asamblea Nacional».

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