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El Tribunal Supremo anula dos proyectos lingüísticos en Barcelona por no cumplir el 25% de español.

 La Sección Primera del Tribunal de Huelga en lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo confirmó la nulidad de dos proyectos educativos de escuela de lengua catalana que no cumplían el mínimo del 25%. Tenía acceso a El Periódico de España, diario perteneciente al mismo grupo que este periódico, Prensa Ibérica, como se señala en la clase de españolen dos órdenes campo de arroz. Esta resolución no reconoce el recurso interpuesto por el Gobernador General de Cataluña contra la sentencia del Tribunal Supremo de Cataluña (TSJC) de marzo de 2021 que hizo añicos el enfoque lingüístico de la escuela. Bogatell (Barcelona) Josefina Ibáñez (Abrera).

Juez de Paz Ponente de la Cámara de Comercio decisión José Luis Requero Ibáñez denegó el recurso de apelación por considerar que La Generalitat de Catalunya ``no ha fundamentado adecuadamente'' sus alegaciones Tribunal Supremo.

En concreto, el Alto Tribunal informaba que la Generalitat "se limitaba" y, a su juicio, la doctrina establecida en la sentencia era: ``Daño grave``Para el interés público; Por eso, el auto sin recurso impone unas costas judiciales de hasta 2.000 euros a la Generalitat de Catalunya.

Referencias generales

El Tribunal Supremo también denunció al poder ejecutivo catalán, afirmando que "el recurso se proyecta de forma general en el sistema lingüístico, no hay restricciones ni matices, " él dijo., la situación "aparentemente no se completó correctamente, pero debido a referencias demasiado generales e indeterminadas".

El Consejo de Colegios Bilingües (AEB) decía en un tuit recogido por Europa Press: No podemos descartar el español como idioma vehículo.”.

La gente ha pensado que el 25% no es efectivo”, lamentó el Sr. Lozada, recordando que el español es el “ lengua vehicular de la escuela catalana”, tal y como marca la ley.