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Gómez de Liaño confirma al juez los hechos denunciados por el comisario Villarejo sobre el caso Sogecable

Javier Gómez de Liaño ha confirmado este jueves al juez los hechos denunciados por el comisario José Villarejo sobre el caso Sogecable. Gómez de Liaño ha comparecido durante una hora y media en calidad de perjudicado ante el titular del Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón.

El comisario Villarejo presentaba una denuncia en octubre de 2019 en los Juzgados de Plaza de Castilla de Madrid en la que afirmaba que el Grupo Prisa pagó 200.000 dólares al que fuera magistrado del Tribunal Supremo, Enrique Bacigalupo, por condenar a Javier Gómez de Liaño en el caso Sogecable. Cercano al PSOE de Felipe González, Bacigalupo fue magistrado de la Sala Segunda del Supremo desde 1987 hasta 2011. Villarejo relataba en su escrito cómo la operación para inhabilitar al entonces juez Gómez de Liaño se fraguó con numerosas reuniones en las que participaron dirigentes socialistas, empresarios, abogados y periodistas del Grupo Prisa.

Fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital afirman que Gómez de Liaño ha dado total verosimilitud a los hechos que recoge Villarejo en su denuncia. Durante su comparecencia, en la que ha estado acompañado de su esposa y abogada María Dolores Márquez de Prado, ha confirmado todos los hitos denunciados por el comisario de forma cronológica. Todo ello, a preguntas del fiscal Anticorrupción del caso.

Las mismas fuentes consultadas por LD apuntan que Gómez de Liaño ha sostenido en sede judicial que desde que se hizo cargo como juez del caso Sogecable, siempre tuvo la intuición de que algo se estaba tejiendo contra él desde el Grupo Prisa.

La citación de Gómez de Liaño se produce después de que el propio Villarejo ratificase en sede judicial en junio que recibió un encargo para investigar y neutralizar al entonces juez de la Audiencia Nacional para apartarle de la causa que salpicaba al grupo Prisa. La decisión del magistrado García Castellón de citarle se producía después de que la Sala de lo Penal considerase que Gómez de Liaño era una víctima más de Villarejo. Por ello, la Sección Tercera estimó el recurso del propio Gómez de Liaño juez al considerar que, aunque el delito de cohecho estuviese prescrito porque los hechos se remontan al año 1999, la presunta organización criminal vinculada a Villarejo debía investigarse.

Recordamos que Villarejo en su denuncia afirmó que algunas de las reuniones mantenidas con el objetivo de apartar a Gómez de Liaño "fueron grabadas con grabadoras de pequeño tamaño provistas de microcintas que, salvo alguna que recientemente había facilitado al CNI para obtener una copia digitalizada, el resto estaba depositada en la caja fuerte del domicilio de Boadilla del Monte que primero fue registrado. Sorprendentemente, a pesar de constar fechas antiguas y pese a la protesta realizada, se llevaron numerosas cajas de las usadas en comisaría donde había cientos de microcintas. No tenían ningún sistema de encriptado, siendo posible su audición mediante cualquier dispositivo reproductor similar al usado para la grabación".

Además, el comisario detalló en su escrito el pago que se habría realizado al magistrado Enrique Bacigalupo, uno de los magistrados del Tribunal Supremo que condenó a Javier Gómez de Liaño por supuesta prevaricación en la instrucción del caso Sogecable: "Transferido, al Sr. Bacigalupo, desde una cuenta del Sr. Navalón, de un banco de Zúrich, creo recordar que se llamaba Europeo Bank que compartía con un socio suyo el Sr. Selva. Para tal operación se trianguló la ruta del dinero, empleando cuentas en Colombia y Delaware (EEUU) del Sr. Aliste, que es quien transfirió doscientos mil dólares a una cuenta en un banco argentino, al parecer corresponsal del HSBC que creo que se llamaba Banco del Río Negro".

El caso Sogecable de Liaño y contra Liaño

Javier Gómez de Liaño cuando era titular del Juzgado Central de Instrucción nº 1 de la Audiencia Nacional asumió en 1997 la investigación contra el Grupo Prisa (Canal Plus y Sogecable) por posibles delitos de estafa, falsedad y apropiación indebida, en relación a los 23.000 millones de pesetas (138.232.784 euros) de fianzas depositadas por los abonados del canal de televisión de pago.

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Jesús de Polanco

En el marco de dicho procedimiento, el magistrado impuso de forma cautelar a Jesús de Polanco (expresidente del Grupo Prisa), una fianza de 200 millones de pesetas. Después, procesó al propio Polanco, a Juan Luis Cebrián (exconsejero delegado del Grupo Prisa) y a todo el Consejo de Administración de Sogecable, por falsedad documental y apropiación indebida en los fondos de los abonados. En 1998, Polanco lo denunció por prevaricación y el magistrado fue procesado.

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Juan Luis Cebrián

Gómez de Liaño recusó en febrero de 1999 a los tres miembros de la Sala de lo Penal del Supremo que ratificaron su procesamiento por prevaricación y dictaron auto de apertura de juicio oral contra él para juzgarlo: Gregorio García Ancos, Enrique Bacigalupo y José Manuel Martínez Pereda. Éste último magistrado emitió un voto particular discrepante expresando su disentimiento "por no haberse decretado el sobreseimiento libre, al no ser los hechos de la causa constitutivos de delito alguno, como han solicitado, no sólo el procesado sino el propio ministerio fiscal". Según el fiscal del Tribunal Supremo, José María Luzón, padre del actual fiscal jefe Anticorrupción Alejandro Luzón, los hechos no eran constitutivos de delito de prevaricación, ni de infracción penal alguna.

Liaño entendía que habían perdido la imparcialidad objetiva para juzgarle por haber dictado dichas resoluciones. En el caso de Bacigalupo, le recusaba también por "amistad íntima" con el abogado de Sogecable, Antonio González Cuéllar, y por interés directo o indirecto en la causa. Sin embargo, dicha recusación resultó fallida.

Los tres magistrados del Supremo lo condenaron a 15 años de inhabilitación especial para cargo público, con la pérdida definitiva de su cargo de juez. La sentencia contó con los votos favorables de los magistrados Gregorio García Ancos y Enrique Bacigalupo. Por su parte, José Manuel Martínez-Pereda formuló de nuevo un voto particular discrepante con la decisión de sus dos compañeros más extenso que la propia sentencia.

En el año 2000 recibió un indulto del gobierno presidido por José María Aznar para volver a la carrera judicial y en 2008 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos falló a su favor recordando "la importancia que para una sociedad democrática tiene la confianza que los tribunales deben inspirar a los justiciables" y estimando que "las quejas sobre la imparcialidad del órgano jurisdiccional español que lo juzgó y lo condenó del demandante Gómez de Liaño pueden ser consideradas objetivamente justificadas". El argumento es que los tres magistrados que la componían (Gregorio García Ancos, Enrique Bacigalupo Zapater y José Manuel Martínez-Pereda y Rodríguez), ya habían intervenido previamente en numerosos actos de instrucción del caso.