Costa Rica
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Coprocom celebra veto a Ley

Foto. Archivo

La Comisión para Promover la Competencia (COPROCOM), recibió con agrado la noticia de que Rodrigo Chaves R, Presidente de la República, vetó la Ley Orgánica del Colegio de Profesionales en Salud Ocupacional, Decreto Legislativo N°10.269. Lo anterior por cuanto dicha norma establecía barreras regulatorias que limitaban la competencia y la asignación eficiente de los recursos.

Según el órgano, la norma vetada limitaba las profesiones que podían ejercer labores relacionadas con la salud ocupacional en un escenario en el que existen otras profesiones que están calificadas para ejercer tales funciones.

Viviana Blanco Barboza, Presidenta del Órgano Superior de la COPROCOM, señaló: “Una actividad sólo debe reservarse en exclusiva a una profesión cuando no exista otro mecanismo menos restrictivo de la competencia para garantizar la calidad de los servicios profesionales. En caso de que no exista más remedio que reservar una actividad a una profesión, los requisitos de acceso no deben ser desproporcionados con respecto a las cualidades necesarias para desarrollar la correspondiente actividad de forma adecuada.”

En enero de este año, la COPROCOM recomendó al Poder Ejecutivo realizar una reforma global de la regulación que rige a los colegios profesionales en Costa Rica, con el fin de adaptarla a la realidad actual de los mercados y de que tales entidades velen por una actuación profesional de calidad en beneficio de los usuarios y no por los intereses gremiales.  Las principales recomendaciones del estudio son las siguientes

A.                 Eliminar la posibilidad de que los colegios profesionales establezcan tarifas mínimas por los servicios profesionales. Las tarifas mínimas limitan la autonomía de los profesionales, favorecen la colusión, restringen el acceso de los ciudadanos a los servicios y sostienen tarifas más elevadas que, a su vez, encarecen otros bienes y servicios que utilizan los servicios profesionales como insumo. 

 B.                  Redefinir los fines y las funciones de los colegios profesionales. El fin público esencial que debe guiar a los colegios profesionales es el de velar por una actuación profesional de calidad en beneficio de los usuarios. La labor de los colegios profesionales es fundamental para controlar el ejercicio de las profesiones liberales. Mientras que, en las profesiones que no se ejerzan de manera liberal, no parece necesario que un colegio profesional deba garantizar la idoneidad de un profesional o su ética, por cuanto las empresas o los patronos cuentan con mecanismos para ello. 

C.                  Limitar la colegiatura obligatoria a las profesiones que se ejercen de manera liberal, que sean relevantes para el ejercicio de funciones públicas y que sean muy cualificadas por su incidencia social, ya que es en el ejercicio de estas profesiones donde la función pública del colegio profesional resulta esencial.

D.                 Regular la elaboración de normas internas por parte de los colegios profesionales en cuanto a su contenido, de tal manera que estén orientados a establecer las normas éticas y generales de funcionamiento, despojándolas de restricciones injustificadas al acceso y al ejercicio de la profesión.

La COPROCOM aplaude la decisión adoptada por la presente administración y la insta a adoptar la recomendación del estudio sobre realizar una reforma global de la regulación que rige a los colegios profesionales, en aras de generar más oportunidades de negocio, más empresas emergentes y servicios innovadores en el país que permitirán a los consumidores acceder a mejores precios y a una mayor diversidad de la oferta. 

El estudio realizado por la Comisión fue hace unos días remitido a Francisco Gamboa, Ministro de Economía, Industria y Comercio, por lo que este órgano se encuentra a la espera de las acciones que decida realizar el nuevo gobierno.