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Juzgados por prejuicios dos exalcaldes de Chinchón y uno de Velilla

La Audiencia Nacionalprocesó a 24 personas, entre ellos tres ex alcaldes de las localidades deChinchónyMadrid. Funcionarios de los siete ayuntamientos de las comunidades de San Antonio Velilla y Madridde diversos partidos políticos.

Audiencia Nacional demandó a 24por fraccionamiento de contrato para adjudicación de pequeñas obras a

Efial Consultoría apoyó la persecución de Esto incluye a tres ex alcaldes de las localidades madrileñas de Chinchón y Velilla de San Antonio de varios partidos políticos yde la Comunidad de Madridsiete funcionarios municipales,por fraccionamiento de contratos de adjudicación de obras menores a la

empresa Efial Consultoría

Estos hechos son la base de estos procedimientos simplificados.Las reclamaciones administrativas pueden constituir un delito desegún la orden de pasar a la La Sección Tercera de la Fiscalía, con el apoyo delMinisterio Público, ha dado luz verde a la desestimación del recurso de. Algunos de los imputadoshan pedido que se interponga esta acción alegando que su conducta carecía de denuncia penal

Foto: Miembros de la Guardia Civil, hoy, en el Ayuntamiento de Tortosa (Tarragona). }

Tres ex Los jueces de la alcaldía propusieron a los jueces que ahora, con el visto bueno de la Cámara de Comercio,el alcalde Francisco Javier Martínez (Partido Independiente) de Transparencia y Servicios) y María Ruiz, dos ex concejales del Ayuntamiento de Chinchon . Fernández Fernández (dePP), y Antonia Alcázar Jimenez de Velilla (dePSOE).

En dicho auto, la Cámara de Comercio señaló que la investigación realizada "muestra indicios de posible participación delictiva de la comisión o de la parte investigadora" en el hecho.

Personal de la Guardia Ciudadana registra el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz. (EFE/Álvaro Calvo)

En cuanto a la alegación de que no hubo hecho delictivo, los magistrados recordaron que hay que contrastar"actos judiciales"con esto, la incapacidad de pretender ser "exitoso" para advertir lo que va en contra de los estándares del instructoraceptar un nuevo procedimientopara "imponer el rechazo o la continuación del procedimiento". "Eso es todo.

Con esta resolución, Calama pone fin a la investigación iniciada en 2013 por el Juzgado de Vendrell (Tarragona). 73} Ayuntamiento de Tordenburgh

Foto: Momento en el que la policía detuvo a Daniel Massagué, alcalde de Torredembarra (Efe).

El Tribunal de Vendrell decidió quemuchos de España valoró la existencia de maniobras fraudulentas llevadas a cabo por Efial en ayuntamientos del Tribunal Superior de Justicia del Estado

Se ha abierto el Juzgado Central de Instrucción número 4 tres piezas separadasque afectan a los Ayuntamientos de Chinchón, Corrado Villalba, Getafe, Veliya de San Antonio y Mecode Madrid. Móstoles y Torrejón de Ardoz acordaron presentar expedientes relacionados con Arganda del Rey.

Guardias Civiles entran en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz. (EFE/Álvaro Calvo)

Para los magistrados, está acreditada la adjudicación deconcursos y la Existencia. Siete municipios encuestados. Los demandados de

Efial (luego denominada Consultoría en Gestión Innovadora S.L.), según el juez, desarrollaron funciones propias defuncionarios, hasta queparticiparon ilegalmente en la impugnación del concurso de acreedores. Actuar como asesor propuesto al alcalde,reclamay crea las reglas del concurso.

Foto: La Guardia Civil detiene en total a 12 personas en el caso Efial. (EFE)

Esta orden consistía muchas veces en la creación de unaempresa pública municipal, se detalla el modus operandi. Crea y/o administra entidades públicas, demostrablemente carentes de capacidad de ejecución, y facilita la evasión de los controles administrativos.

"Reducido el grado de subordinación a lasnormas de contratos públicos, resultando el cargo de gerente de la referida empresa y el mismo gerente de una empresa pública", enfatiza el auto.

Foto: El consejero de Transportes, Pedro Rollán.

Según el juez, los hechos investigados fueron que el contrato cayó en el delito de perjuicio administrativo Fraccionar para reducir la cantidad y no exceder18.000 euros para exceder el límite del contrato menor.

Esta orden recuerdaque los servicios se prestaron siempre a favor de los mismos profesionales elegidos, en contravención de losprincipios de publicidad, concurrencia, transparencia,e igualdad.