Guatemala
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COI fija fecha para que la CC levante la suspensión provisional al COG o de lo contrario Guatemala será suspendida

El Comité Olímpico Internacional (COI) hizo su pronunciamiento por medio de una carta sobre la suspensión provisional de los estatutos del Comité Olímpico Guatemalteco (COG), interpuesta por la Corte de Constitucionalidad (CC) el pasado 4 de agosto.

El máximo ente del deporte en el mundo fijó una fecha límite para que la CC revoque dicha suspensión, ya que de lo contrario el COI estaría tomando una decisión drástica que podría afectar a los atletas.

El Comité Ejecutivo del Comité Olímpico Guatemalteco, tendrá que comparecer en los últimos días del mes de agosto en la Fiscalía de Asuntos Constitucionales, Amparos y Exhibición Personal, para que presenten sus alegatos e impugnaciones.

Después de dicha citación, el COI le dio a la CC hasta el 30 de agosto para levante la suspensión para evitar que ellos tomen una decisión que podría terminar afectando a los atletas.

“Se espera que esta decisión provisional sea levantada después de la audiencia a más tardar el 31 de agosto de 2022, y en caso contrario, no habría otra opción salvo que referirlo a la Comisión Ejecutiva del COI para la acción apropiada de acuerdo a la Norma 27.9 de la Carta Olímpica, como ya se ha mencionado en nuestra carta del 01 de julio del 2022”, menciona la carta que fue publicado por el COG en sus redes sociales.

El COI ha sido claro con su postura y si la Corte de Constitucionalidad no toma en cuenta lo solicitado, Guatemala estaría siendo suspendida de toda participación a nivel internacional y dejaría fuera a los atletas de todo el proceso del Ciclo Olímpico, empezando en el mes de octubre con los Juegos Centroamericanos de lo que se es sede y se perdería la misma. Asimismo, de los Juegos Centroamericanos y del Caribe San Salvador 2023, Juegos Panamericanos de Santiago en Chile y los Juegos Olímpicos París 2024.

Norma 27.9 de la Carta Olímpica

“Aparte de las medidas y sanciones previstas en caso de violación de la Carta Olímpica, la comisión ejecutiva del COI puede adoptar las decisiones apropiadas para la protección del Movimiento Olímpico en el de un CON (Comité Olímpico Nacional), incluyendo la suspensión o retirada del CON en cuestión, su la Constitución, legislación o cualquiera otra reglamentación vigente en dicho país, o si la actitud gubernamental o de cualquier entidad, atentan contra la actividad, expresión de palabra o voluntad del CON en cuestión, Antes de adoptar una decisión semejante, la comisión ejecutiva del COI dará la oportunidad al CON de ser escuchado”.

Hasta el momento las instituciones involucradas, tanto la CC como el COG solo se han pronunciado por medio de la resolución y comunicados, pero ninguno de quienes dirigen ambos organismos han hablado al respecto.

El deporte pende de un hilo y los atletas serían los más afectados al momento de que exista una suspensión, la cual no se sabe por ahora cuanto tiempo duraría.

El Comité Olímpico Guatemalteco informa ante la opinión pública:

Notificación del COI. pic.twitter.com/8Dm9jJdBvs

— C O G (@COGuatemalteco) August 10, 2022