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To be or not to be: el Perú y la Convemar


"Si en 202 años de vida libre, existe un aporte relevante del Perú al derecho internacional moderno,este es, precisamente, la tesis de las 200 millas marinas y la CONVEMAR".

Por muchas razones, el Perú fue protagonista de la aprobación de la CONVEMAR. Sin embargo, nuestro país aún no ha firmado dicho instrumento internacional establecido en 1982, el que rige el derecho de los mares del mundo entero. Debido a esta preocupante contradicción en nuestra política exterior, la Académica Diplomática del Perú y la Fundación Académica Diplomática del Perú acaban de publicar, bajo la responsabilidad del embajador Nicolas Roncagliolo y del internacionalista Oscar Vidarte El Perú y la Convención del Mar: Balance y Perspectivas, una sustantiva compilación de ensayos sobre el tema que reúne, además de los ya mencionados, a destacados especialistas locales como Diego García Sayán, Eduardo Ferrero, Marisol Agüero, Sandra Namihas, entre otros.

No estar suscritos a CONVEMAR: preocupación peruana ante el Litigio contra Chile en la Haya

Como colaborador de Cancillería durante el litigio marítimo en la Corte Internacional de Justicia de la Haya (2008 – 2014), pude constatar la preocupación de nuestros diplomáticas y juristas por un tema que teníamos pendiente y que podía ser utilizado por la contraparte para impugnar nuestra demanda: el asunto era sencillo, el Perú no pertenecía, ni pertenece aún, a la CONVEMAR. Ese solo hecho obligó a nuestros especialistas a dedicar un acucioso esfuerzo adicional para explicar a la Corte Internacional de Justicia que nuestro derecho del mar, consagrado en la Constitución política de 1993, era compatible con la CONVEMAR, que fue finalmente el argumento que esgrimimos para superar este impase.

La cuestión no era menor, como recordamos, el principal argumento peruano ante la Corte era que esta aplicase la línea equidistante para separar los mares del Perú y Chile, cuando lo que estaba ocurriendo, pues Chile inscribió ante la ONU como su línea de bases el año 2000, era que el país vecino había impuesto el paralelo geográfico como límite entre nuestros mares. Por ello, debido a la morfología de las costas sudamericanas (la costa se hace oblicua en el lado peruano precisamente desde el límite fronterizo entre Tacna y Arica) Chile obtenía 200 millas de dominio marítimo desde el inicio de sus costas, mientras que nosotros las alcanzábamos muy lejos de nuestra frontera, a pocos kilómetros del puerto arequipeño de Mollendo. (ver cuadro)Pero había un problema, la CONVEMAR efectivamente reconocía la equidistancia como principio para separar los mares de países con costas limítrofes cuyos dominios marítimos se dividían en Mar Territorial (12 millas), Zona Contigua (12 Millas) y zona económica exclusiva (de la milla 24 hasta las 200 millas). Sin embargo, nuestra Constitución Política no adhiere a CONVEMAR y refiere el tema en términos, más bien, ambiguos. Señala que el territorio del Perú comprende el suelo, el subsuelo, el espacio aéreo y el dominio marítimo, aunque luego dedica todo un párrafo relativo a nuestros derechos del mar en términos de domino marítimo y no territoriales (Constitución Política del Perú art. 54). Por eso Chile se preguntaba ¿tiene el Perú derecho a acudir a CONVEMAR?

Nuestra compatibilidad y compromiso con CONVEMAR: alegatos peruanos en la CIJ

El esfuerzo de nuestros diplomáticos y juristas dio sus frutos y salvamos largamente las objeciones que, durante el litigio, giraron alrededor de la cuestión CONVEMAR. De acuerdo con la internacionalista Sandra Namihas, durante el litigio nuestro país afirmó explícitamente en su Demanda ante la Corte, que “el Perú reconocía las zonas consagradas en CONVEMAR (…) y se comprometió a respetar los derechos y obligaciones de dicho instrumento internacional” (Namihas en Roncagliolo y Vidarte 2023 p. 200).

Además, el Perú expresó que su Demanda se amparaba en la Convención de las Naciones Unidad sobre el Derecho del Mar, y mencionó explícitamente la zona económica exclusiva y las demás zonas en las que este instrumente internacional divide el dominio marítimo de los estados. Asimismo, en el alegato oral, nuestro agente Allan Wagner Tizón, resaltó “el compromiso del Perú con el moderno derecho del mar reflejado en la Convención (…)”. (Namihas en Roncagliolo y Vidarte 2023 p. 206).

Además, una vez concluido el litigio, en la declaración conjunta de los ministros de Relaciones Exteriores y Defensa del Perú y Chile del 6 de febrero de 2014, el Perú señaló que “Conforme a lo dispuesto por la Corte Internacional de Justicia (…) el Perú ejercerá sus derechos y obligaciones en toda su zona marítima en forma consistente con (…) la Convención de 1982” (Namihas en Roncagliolo y Vidarte 2023 p. 210). De hecho, esta declaración fue necesaria pues, como parte de su sentencia, la CIJ exigió al Perú adecuar su legislación a la CONVEMAR.

A manera de conclusión, nosotros hicimos CONVEMAR ¿por qué no adherirla?

Casi no sería un exceso de arrogancia señalar que si la CONVEMAR salió adelante fue gracias al Perú, a Chile y a Ecuador. Todo comenzó en 1947 cuando el presidente Chileno Gabriel González Videla estableció 200 millas de mar territorial para su país en vista de los cambios mundiales, la industrialización y la presencia de modernas flotas pesqueras con una impresionante capacidad de depredación de nuestros recursos marítimos. Dos meses después, el Presidente del Perú, José Luis Bustamante y Rivero, siguió los mismos pasos y, para 1952, ambos países, junto a Ecuador, firmaban la Declaración de Santiago, documento unilateral (o trilateral) lanzado desafiante ante el mundo, en el que tres países tercermundistas se arrobaban la atribución de defender conjuntamente sus costas de la depredación marítima a gran escala.

No es casualidad que, cuatro años después, de la firma de este instrumento, en 1956, la ONU haya convocado la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Tampoco lo es que la delimitación del dominio marítimo de los Estados haya girado entorno a la propuesta peruano-chilena de las 200 millas. La Convención las estableció, finalmente, en 1982 pero desde una perspectiva más moderna, es decir, planteando las tres zonas antes mencionadas, en lugar de un mar territorial absoluto.

Contradiciendo nuestros propios logros, tras la aprobación de la CONVEMAR nos negamos a firmarla durante el segundo gobierno de Fernando Belaúnde Terry (1980 – 1985) y no lo hemos hecho hasta ahora. Vender nacionalismo barato resulta sencillo y políticamente rentable en un país tan malquerido por sus políticos. Cada vez que se ha intentado sacar adelante nuestra adhesión a CONVEMAR, han surgido voces que casi han tratado de falta de patriotismo a quienes han perseguido tenazmente esta justa y anhelada meta.

Al respecto cabe hacerse una pregunta. Si, como algunos señalan, CONVEMAR es lesiva a los intereses nacionales ¿por qué Chile y Ecuador la han firmado ya? ¿por qué lo han hecho las grandes potencias mundiales reconociendo así los derechos de los países en vías de desarrollo sobre los recursos del mar adyacente a sus costas, su suelo y su subsuelo? Si en 202 años de vida libre, existe un aporte relevante del Perú al mundo, este es, precisamente, la tesis de las 200 millas marinas y la CONVEMAR. A base de ella, en noviembre de 1954, nuestro Estado capturó nada menos que a la flota ballenera del célebre multimillonario Aristóteles Onassis, la que pretendía depredar los recursos de nuestro dominio marítimo. Entonces el mundo comprendió que los países en vías de desarrollo iban en serio y que no tenían pensado perder la batalla del mar.

Adherirnos a CONVEMAR, no resultará más que recoger los frutos de 76 años de lucha continua, desde 1947 en adelante, y que implican el principal aporte peruano al moderno derecho internacional. ¡Hagámoslo de una vez!

Referencias:

Namihas, Sandra. “La posición oficial del Perú en torno a las zonas marítimas de la CONVEMAR a partir del Diferendo Marítimo con Chile”. En Roncagliolo, Nicolás y Vidarte, Oscar. El Perú y La Convención del Mar. Lima, ADP y FADP, 2003.