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Anticipo de Ganancias: grandes contribuyentes deberán justificar la solicitud de reducción

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que aquellos contribuyentes cuyo monto base para el calculo de anticipos del impuesto a las ganancias supere la suma de $ 50 millones y soliciten una reducción de estos superior al 10%, deberán justificar previamente dicha presentación.

Lo hizo a través de la Resolución General 5246, que establece un trámite especial para aquellos grandes contribuyentes y responsables que soliciten una reducción de anticipos de impuesto a las Ganancias, informando el período fiscal y el monto de la nueva base proyectada, adjuntando la documentación que respalde la referida proyección.

La solicitud deberá ser efectuada con una antelación mínima de sesenta días corridos del vencimiento del último anticipo del período fiscal de la opción, teniendo en cuenta la oportunidad a partir de la cual se encuentren habilitados a ejercerla. Una vez realizada, la presentación de la solicitud será evaluada por el organismo, que podrá requerir documentación adicional que estime necesaria para considerar la admisión de esta.

La AFIP se compromete a la resolución de las solicitudes dentro de los sesenta días corridos a partir de la presentación. En caso de ser aprobada, la misma será registrada en el sistema de "Cuentas Tributarias", disminuyéndose la totalidad de los anticipos del período fiscal de que se trate, y tendrá efecto a partir del primer anticipo con vencimiento a partir de la fecha de aprobación del trámite.

Cinco claves

  • En diciembre del año pasado, la AFIP detectó que el 57% de las empresas que pidieron reducción del anticipo de Ganancias no pudieron justificarlo.
  • La diferencia conjunta entre lo que correspondía y la reducción pretendida injustificada superó, durante aquel ejercicio, los $ 16.100 millones.
  • Desde 2016 y hasta 2019, las áreas operativas del organismo aceptaron todas las solicitudes de las firmas que pidieron la reducción impositiva sin realizar fiscalizaciones posteriores.
  • Entre los casos fiscalizados por la AFIP para el ejercicio 2021 se excluyó a las firmas afectadas en forma crítica en el marco de la emergencia sanitaria por la Covid-19.
  • La solicitud de reducción de anticipo de ganancias para 2021 se presentó en 2020, año en el que irrumpió en nuestro país la pandemia, y que esos contribuyentes argumentaron que su facturación en 2021 sería menor que en 2020.

SN

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