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Lavado de dinero: plantean cambio fundamental en persecución del delito

Un proyecto de ley que se tramita en la Asamblea Legislativa plantea un cambio fundamental en la persecución del lavado de dinero, en vista de que la normativa actual contiene un portillo que favorece la impunidad.

Se trata de una reforma al artículo 69 de la Ley sobre estupefacientes propuesta por la exdiputada independiente Zoila Rosa Volio y otros exlegisladores.

Actualmente, según expone el proyecto 22.552, la normativa exige a la Fiscalía demostrar que el acusado de lavado tenía conocimiento pleno de que los bienes que adquirió, convirtió o transmitió tenían un origen delictivo, lo que se conoce como dolo directo.

Esta circunstancia “es de difícil comprobación, convirtiendo esto en un portillo para la impunidad”, dice el planteamiento.

Según la Procuraduría General de la República, el lavado de dinero, o legitimación de capitales, es la operación mediante la cual una persona da apariencia de legalidad a dinero o bienes “cuyo origen o modo de adquisición procede de una actividad delictiva grave, con la finalidad de encubrir y eliminar el rastro del hecho delictivo que los originó, así como la identidad de sus autores”. La intención es garantizar la impunidad y el disfrute de las ganancias del delito, como ocurre con el narcotráfico y la trata de personas.

¿Qué se propone?

A fin de cerrar el portillo en la persecución de este delito, el proyecto de Volio incorporaría las modalidades de imputación conocidas como la ignorancia deliberada y el dolo eventual.

La ignorancia deliberada hace referencia a las personas que pudiendo y debiendo conocer la naturaleza del acto, es decir, el ilícito que dio origen a sus bienes, se mantienen en una situación de no querer saber y se benefician de esa situación.

Mientras que el dolo eventual ocurre cuando la persona investigada estuvo en la facultad de prever la posible comisión de un delito en el origen de un bien, pero pese a sus sospechas, lo aceptó.

Asimismo, al describir el origen delictivo, el proyecto reformaría el artículo 69 para que no hable de bienes que “se originan en un delito”, sino que “proceden de una actividad delictiva”.

La intención del proyecto es no dejar espacios para el favorecimiento de quienes aprovechan activos bajo la “falsa alegación de no saber o no querer saber de dónde proceden los bienes que reciben para su legitimación”.

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La iniciativa recibió dictamen afirmativo de mayoría de la Comisión Especial de Seguridad y Narcotráfico de la Asamblea Legislativa y espera su votación en el plenario legislativo.

También, cuenta con el respaldo del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) y, recientemente, la Procuraduría General de la República (PGR) estimó que no existen vicios de constitucionalidad en el plan.

Al respecto la Procuraduría señaló que “el proyecto de ley bajo el expediente legislativo 22.652 surge a partir de la observación y la experiencia obtenida en la tramitación judicial de los casos penales por legitimación de capitales, de los últimos años, por lo que se considera oportuno realizar está reforma para evitar la impunidad; este proyecto de ley pretende introducir el dolo eventual así como la ignorancia deliberada”.

Otro proyecto de ley, el 22.652, propone una reducción en los extremos de las penas por lavado de dinero. Actualmente se castiga con penas de entre 8 y 20 años de cárcel; no obstante, este otro plan pretende disminuir penas de entre 4 y 10 años de prisión.

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