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Proyecto de Gobierno permitiría tenencia personal de hasta 30 gramos de marihuana

El proyecto sobre marihuana recreativa tiene el objetivo de equiparar el consumo de este tipo de cannabis al de tabaco o alcohol. Foto: Robyn Beck/AFP

El proyecto de marihuana recreativa enviado por el Gobierno a la Asamblea Legislativa, este jueves, autorizaría la tenencia para consumo personal de hasta 30 gramos de marihuana.

Esa cantidad alcanza para confeccionar entre 25 y 30 cigarrillos.

Además, la iniciativa (expediente 23.383) autoriza que una persona pueda cultivar, sin requerir licencia, hasta seis plantas de cannabis para fines recreativos en la casa de habitación, siempre y cuando no sea para comercialización o lucro.

Aunque la iniciativa legal no explica qué pasa si una persona tiene más de 30 gramos o más de seis plantas en su posesión, sí establece, en el artículo 39, la posibilidad de que las autoridades decomisen productos de cannabis no autorizados según la ley.

La redacción del plan regula el uso, cultivo, producción, distribución, venta y tenencia de cannabis psicoactivo para uso recreativo. Al igual que con el tabaco, el producto sería absolutamente prohibido para menores de edad.

La propuesta también permite que las cafeterías puedan almacenar y distribuir derivados del cannabis al por menor, para consumo en el lugar, comestible o bebible, en combinación con otras actividades o servicios de gastronomía, entretenimiento y bienestar.

Al igual que se prohíbe el fumado del tabaco en una gran cantidad de lugares, el proyecto establece la misma prohibición para la marihuana, aunque se autoriza la creación de clubes sociales para consumo recreativo del cannabis, con su respectivo registro y licenciamiento, pero siempre respetando las zonas prohibidas para el consumo y fumado.

Entre los lugares donde se prohíbe el consumo de la marihuana, están los centros hospitalarios y sanitarios, el lugar de trabajo, las instituciones públicas, los centros educativos y todos los demás sitios donde no se puede consumir tabaco.

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